Tuñón de Lara: convocatoria y reunión de las Cortes de Cádiz

 "Desde el comienzo de la guerra de la Independencia se perfilan estos fenómenos: ausencia del poder real y del Estado tradicional, que tiende a ser reemplazado por formas espontáneas de organización política; fragmentacion y multiformidad de las reacciones, consecuencia de la dispersión real de España, pero tendencia a recomponer esos fragmentos en una unidad. Desde junio de 1808 las diversas Juntas provinciales tienden a ponerse de acuerdo para crear un gobierno o dirección central; profundo sentimiento de reforma mezclado con prejuicios tradicionales".

 

"El Consejo de Castilla intentó hacerse con el poder en los días que sucedieron a la batalla de Bailén y al abandono de Madrid por José I [...] intentó imponer su autoridad a las Juntas provinciales que, como ya hemos visto, habían surgido espntáneamente para organizar la defensa nacional y suplir la carencia del aparato estatal. Las Juntas de Galicia y Valencia acogieron muy mal estos propósitos mientras que Palafox -que acababa de salir victorioso del primer sitio de Zaragoza- respondió secamente que el Consejo había faltado a sus deberes para con la nación. Las Juntas de Galicia Castilla y León, reunidas en Lugo, propusieron la convocatoria de las Cortes tradicionales divididas en tres brazos, mientras que la Junta de Murcia y otras propusieron la celebración de Cortes reunidas en un solo cuerpo. [...] La Junta de Sevilla sugirió la creación de una Junta Central. Siempre de manera semiespontánea y bastante inconexa, comenzaron a llegar a Madrid delegados de las Juntas provinciales. Por fin, el 25 de septiembre de 1808, quedó constituida en Aranjuez la Junta Suprema Central Administrativa, integrada por 35 miembros que se dio a sí misma el título de Majestad, queriendo representar con ello la soberanía de la nación. Su presidente fue el octogenario conde de Floridablanca  [...] Él encarnaba la opinión de la mayoría conservadora de la Junta. Jovellanos, que, liberado de prisión se había negado a servir a José I, representaba un criterio innovador aunque siempre moderado. [...]

Militarmente la Junta se mostró impotente para contener el avance napoleónico, y tuvo que desplazar su sede sucesivamente de Aranjuez a Sevilla, y de Sevilla a Cádiz. [...] La lucha se transformaba, después de la caída de Madrid, en lucha de guerrillas y de resistencia popular de múltiples centros de acción. Sin embargo, la Junta actuó patrióticamente rechazando las proposiciones de rendición de José I en la primavera de 1809, así como todas las insinuaciones de abandonar el territorio metropolitano para trasladarse a América.

 [...] El 29 de septiembre se acordó que las Cortes deberían reunirse el 1 de mayo de 1810. Entre tanto, los invasores ocupaban Andalucía y la Junta se trasladó a la isla de León (Cádiz), actualmente San Fernando. Pero entonces, la Junta creyó oportuno dar por terminadas sus funciones y designar un Consejo Supremo de Regencia, formado por el obispo de Orense, el general Castaños, el consejero de Estado Saavedra y, en representación de América, Lardizábal. La regencia nacía llena de odio hacia la Junta y con recelo a las Cortes convocadas que eran de carácter único, formadas por representantes de la nación, aunque por elección de tercer grado. [...] Se convocaron, pues, las Cortes, sin que la nobleza y el clero formaran cámara aparte. Se nombraba un diputado por cada 50.000 almas, y todo español mayor de 25 años, teniendo propiedad inmueble o establecimiento de comercio, podía ser elector y elegido. Las colonias de América y Oceanía se veían también llamadas a designar sus representantes en Cortes. [...]"

 

"No sin grandes dificultades fueron llegando los diputados a la ciudad de Cádiz. Muchas provincias ocupadas del centro de España no pudieron elegirlos. Para reemplazarlos, así como a los que llegaron con gran retraso, se designaron suplentes entre las personalidades que provisionalmente residían en Cádiz. Dado que estas personas eran de las más activas y más abiertas a las nuevas ideas, este hecho contribuyó a reforzar el carácter progresista de los reunidos, así como las mayores facilidades que tuvieron en enviar diputados las ciudades del litoral con burguesía desarrollada y el natural movimiento de reacción contra las vacilaciones de la Junta y las aún mayores de la regencia. 

En 24 de septiembre de 1810, en la isla de León, abrieron sus sesiones esas Cortes, llamadas a proclamar la primera Constitución de España (no se puede considerar como tal la Carta otorgada de José I en Bayona, en 1808). Además, esas Cortes constituyeron el primer parlamento de España, en el sentido moderno de la palabra, y en ellas se perfilaron los embriones de los futuros partidos políticos. La obra legislativa de las Cortes de Cádiz acertó a expresar el programa de renovación nacional de las fuerzas interesadas en cambiar la estructura jurídica absolutista y feudal y abrir paso a un desarrollo social y político del país.

La Regencia, que sólo había accedido a la celebración de Cortes bajo la presión activa de la Junta de Cáiz apoyada en la población y también a causa del giro desfavorable que tomaba la guerra a comienzos de 1810, hizo lo posible por abandonar los diputados a su suerte, dejando la reunión sin organizar, después que fracasó una intentona suya de hacer revisar las actas por el Consejo de Castilla. Pero lo mismo que la nación había sabido organizarse en Juntas, sus representantes se constituyeron en poder soberano después que la Regencia renunció a sus cargos e invitó a las Cortes a  <<elegir el gobierno que juzgaran más adecuado al crítico estado de la monarquía, que exige por instantes esta medida fundamental>>. Aquella noche del 24 de septiembre, los diputados que componían las Cortes procedieron a nombrar la mesa de discusión y, durante tres días, ordenaron su reglamento interior, decretaron la publicidad de sus sesiones y exigieron que los regentes continuasen hasta haber jurado el reconocimiento de la soberanía de las Cortes, cosa que hicieron todos salvo el obispo de Orense, que se resistió a hacerlo durante un mes.  El discurso inaugural fue pronunciado por el sacerdote Muñoz Torrero, diputado por Extremadura y ex rector de la Universidad de Salamanca. Este discurso, cuyo contenido fue expresado y votado en forma de ley, estipulaba que los diputados reunidos en Cortes representaban a la nación y que la soberanía nacional residía en las Cortes, la separación de poderes, el reconocimiento de Fernando VII como único rey legítimo y la inviolabilidad de los diputados. [...]"

TUÑÓN DE LARA, Manuel, La España del siglo XIX, vol. I, Madrid, Akal, 2000, pp. 36, 40-43, 43-45.



 

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