Thompson: sobre el IV Concilio de Toledo y la Monarquía

   "El 5 de diciembre de 633, el nuevo rey [Sisenando] inauguró el IV Concilio, en la iglesia de Santa Leocadia, la que había construido Sisebuto. Entrando en la iglesia, acompañado de los hombres más ilustres del reino, el rey se postró en tierra en presencia de los sesenta y dos obispos reunidos. Entre lágrimas y lamentos suplicó a los obispos que intercedieran por él a los ojos de Dios, y les exhortó a que corrigieran los abusos que habían tenido lugar en la Iglesia. Los obispos dejaron las cuestiones políticas para el final de sus deliberaciones y, presididos por San Isidoro, comenzaron sus discusiones, tratando de imponer uniformidad en los asuntos eclesiásticos a toda España y Septimania. [...]

   Pero el canon setenta y cinco se dedica exclusivamente a los asuntos públicos. Este largo canon fue inspirado por el rey en persona. Está redactado en un tono solemne y fue rememorado hasta el final del reino. Fue el más famoso canon aprobado por la Iglesia española. Su propósito fue dar mayor fuerza al rey y estabilidad a la raza goda. Olvidándose de la revuelta del rey contra Suintila, los obispos arremetieron violentamente contra la iniquidad de quebrantar el juramento de fidelidad al soberano. Pidieron que no hubiera más usurpaciones en España, ni intentos de provocar rebeliones, ni complots contra la vida de los monarcas. En adelante, a la muerte del rey, su sucesor sería elegido por los magnates de todo el reino reunidos con los obispos, en un concilio común. Por tres veces repitieron los obispos sus terribles anatemas contra los que conspirasen para quebrantar el juramento de fidelidad prestado al rey, atentasen contra la vida del rey o intentasen usurpar el trono. El anatema fue leído tres veces a la concurrencia, con gran solemnidad, y tres veces lo copiaron los notarios en las actas. Todo el clero y los laicos presentes proclamaron en alta voz su asentimiento. [...]

    Al reconocer a Sisenando como rey, el concilio contradijo su importantísima decisión. En la cuestión de la sucesión al trono, los obispos no hicieron ninguna concesión al principio de la sucesión hereditaria; se limitaron a eliminar todos aquellos derechos que el pueblo quisiera reclamar. Los reyes serían en lo sucesivo elegidos por los magnates y por los obispos únicamente. [...]

    ¿Qué motivos tenían los obispos para condenar la usurpación con tanto énfasis y hacerlo a instancias de un rey que era él mismo un usurpador?" [Sigue la hipótesis de que el reinado de Suintila estaba amenazado por rebeliones graves, posiblemente apoyadas desde el exterior del reino].

THOMPSON, E. A., Los godos en España, Madrid, Alianza Editorial, 1971, pp. 198-201.



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