Barrows Dunham: la Iglesia frente a los poderes seculares

    <<En el año 1302, Bonifacio VIII publicó una bula, Unam Sanctam, en la que afirmaba la supremacía de la Iglesia sobre todos los poderes seculares. Alguno de sus argumentos resulta familiar en nuestros días:

       "Por ello, si el poder de la tierra se equivoca, deberá ser juzgado por el poder espiritual; pero, si se equivoca el menor de los poderes espirituales, lo será por el más importante... Además, aunque esta autoridad ha sido dada a los hombres y se ejerce a través de ellos, no es en sí humana, sino más bien divina, otorgada de labios divinos a Pedro y fundamentada en una roca para él y sus sucesores a través del mismo Cristo de quien había dado testimonio; el Mismo Señor había dicho a Pedro: <<Todo lo que atares..., etcétera>>. Por lo tanto, todo aquel que se opone al poder así ordenado por Dios se opone al orden de Dios, a menos que crea como los maniqueos que hay dos principios. Consideramos que esto es falso y herético, puesto que según el testimonio de Moisés, Dios creó los cielos y la tierra, no en <<los principios>> sino en <<el principio>>. Y ciertamente declaramos, anunciamos y definimos que es absolutamente necesario para toda criatura humana estar sometido al Romano Pontífice. En Letrán, 14 de noviembre, en nuestro octavo año. Como memorial perpetuo sobre este asunto". 

     Como los poderes seculares seguían sin convencerse, llegó un momento en que Pío V se enfrentó con una reina, Isabel de Inglaterra, que era al mismo tiempo, virgen, hereje e intransigente. Armado con la jurisprudencia trinitaria, Pío no vaciló: la excomulgó y destituyó, en una no menos famosa bula titulada Regnans in excelsis (25 de enero de 1570). [...]

         Considerados los motivos que impulsaron su primitiva formulación y el uso que de él se ha hecho desde entonces, el concepto de Trinidad pertenece a la jurisprudencia. Supone que la autoridad legal es adquirida en sentido descendente; es decir conferida por un poder más alto y, en última instancia por el más alto de los poderes. Esta suposición aún nos parece natural, ya que ideológicamente hemos cambiado muy poco desde la época feudal; y también, cuando junto a la leyenda de la fundación de la Iglesia se exige que el Fundador entre a formar parte de la Divinidad sin pérdida de su identidad ni de su humanidad. Así, el Fundador tiene que ser a la vez totalmente humano y totalmente divino, lo cual es el significado del nombre Jesucristo. De no ser así, su fundación de la Iglesia y su redención de la humanidad hubieran tenido menor efecto o no lo hubieran tenido en absoluto". 

DUNHAM, Barrows, Héroes y herejes. Antigüedad y Edad Media, Barcelona, Seix Barral, 1969, pp. 131-133. 



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