El lenguaje jurídico en la historia
<< [...] las palabras del lenguaje jurídico “conservan la historia de su evolución”. Ocurre que, con el paso del tiempo, un término jurídico puede quedar vacío de contenido o referirse a una realidad jurídica muy diferente de la que tenía cuando se forjó. Las palabras van perdiendo sus viejos sentidos y adquieren otros nuevos, o en algunos casos no adquieren ninguno y son “palabras vacías” o “huecas”. Resulta fácil advertir que, con el devenir histórico muchos términos jurídicos han perdido su sentido originario (como servicio público o policía); otros superponen viejos y nuevos significados (como administración pública, sector público o dominio público) y otros se actualizan (como gobernanza, emprendimiento, transparencia). El uso del lenguaje jurídico es indicativo de la historia social subyacente. Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, una logomaquia es un conflicto léxico que atiende a las palabras y no al fondo del asunto. Sin embargo, puede esconder un cambio social y político profundo, no meramente formal o nominalista, especialmente en el ámbito del lenguaje jurídico.>>
MOREU CARBONELL, Elisa, "Nuestro lenguaje: el giro lingüístico del Derecho", Revista de Derecho Público: Teoría y Método, vol. 1, 2020, pp. 313-362, p. 339. Disponible (19-5-2025) en Vista de Nuestro lenguaje: el giro lingüístico del derecho | Revista de Derecho Público: Teoría y método
Un ejemplo de palabra del lenguaje jurídico que ha cambiado de significado:
<<ALCALDE. (Del árabe alcadi, juez). Presidente del ayuntamiento de cada pueblo o distrito municipal, encargado de ejecutar sus acuerdos, de dictar bandos para el buen orden, salubridad y limpieza de la población, y de cuidar de todo lo relativo a la policía urbana. Es además, donde no hay autoridad superior, representante y delegado del rey y de su gobierno en el orden administrativo. [...]
2. Juez ordinario que administraba justicia en algún pueblo y presidía al mismo tiempo el concejo. [...]>>
Diccionario histórico de la lengua española (1933-1936). Disponible (19-5-2025) en alcalde | Tesoro de los diccionarios históricos de la lengua española | RAE - ASALE
<<Los llamados Jueces Ordinarios o «Jueces Legos» son los Alcaldes. Etimológicamente, el término "Alcalde" procede de la voz "cadí" o "al-caid", que significaba "aquellos encargados de administrar justicia" si bien, Barrio y Mier señalaba, en 1900, que su origen es únicamente español, aunque su denominación proceda del árabe. Su competencia ya se contenía en el Espéculo, primera de las obras legales de Alfonso X, o, por lo menos, más antigua que Las Partidas. Su organización tenía esquema jerarquizado, en cuyo vértice estaba el Rey, quien les nombraba, pudiendo hacerlo también el titular de señorío con privilegio para ello [Alcaldes de fuero], o, por tolerancia real, los Concejos, Ayuntamientos o Cabildos. Sus competencias eran civiles y penales, ejecutando las primeras diligencias de justificación de la causa y las conducentes, si procedía, a la prisión de los reos y embargo de sus bienes>>.
LÓPEZ PÁSARO, Eduardo, "Organización jurisdiccional durante el primer tercio del siglo XIX: alcaldes, jueces letrados, escribanos, abogados y procuradores", Revista de las Cortes Generales, nº 81, 2010, pp. 241-261, p 244. Disponible (19-5-2025) en Vista de Organización jurisdiccional durante el primer tercio del siglo XIX: Alcaldes, Jueces, Letrados, Escribanos, Abogados y Procuradores
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