M. Vigil: propiedad de la tierra en Hispania (conquista y Alto Imperio)
"La época de la conquista y el Alto Imperio vieron la expansión de las formas económicas romanas. En lo que respeta a las formas de propiedad sobre las fuentes de riqueza se extendieron los tipos de propiedad o posesión expresados por medio del derecho romano. En primer lugar tendremos que considerar las tierras en régimen de propiedad privada y, en segundo lugar, las tierras de propiedad estatal. En general las tierras conquistadas pertenecían al pueblo romano, ager publicus , y podían ser repartidas entre colonos o bien podían alquilarse. Con el tiempo, el arrendamiento de muchas tierras, que sólo otorgaba al arrendatario el título de posesión sobre ellas, pasaron a ser, en la práctica, tierras en propiedad. De todas formas el Estado se reservó siempre el derecho de propiedad sobre aquellos terrenos, como las minas, que representaban una fuente de riqueza fundamental para la economía del Estado, aunque podían alquilarlos a particulares que, muchas veces, los explot...